La reforma laboral presentada por el Ejecutivo ante el Congreso se propone actualizar la Ley de Contrato de Trabajo, núcleo regulatorio del empleo en la Argentina desde hace medio siglo. El Gobierno plantea que el sistema vigente requiere modernización, mayor previsibilidad jurídica y un reordenamiento de costos, mientras que sectores sindicales y especialistas discuten el alcance de sus implicancias. En cualquier caso, el proyecto introduce modificaciones estructurales que alteran la manera en que se organizan, remuneran y extinguen las relaciones laborales.
Con la inflación desacelerando al 2,5% mensual en noviembre —según el Indec— y en un contexto de reformas más amplias, el texto avanza sobre dimensiones sensibles del empleo. A continuación, un examen detallado de sus principales capítulos.
Indemnizaciones: tope, base de cálculo y alcance de la reparación
El artículo 245, uno de los pilares de la Ley de Contrato de Trabajo, se reescribe. La fórmula del sueldo por año trabajado se mantiene, pero la reforma establece tres modificaciones sustantivas:
La base de cálculo será la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año.
El tope máximo indemnizatorio será tres veces el salario promedio del convenio aplicable.
La indemnización será la única reparación, excluyendo reclamos civiles adicionales.
El proyecto también habilita a empresas a constituir fondos de cese laboral, instrumentos destinados a cubrir las indemnizaciones futuras. Estas herramientas buscan reducir imprevisibilidad y litigiosidad, según la explicación oficial.
Vacaciones: ordenamiento del período y nuevas reglas de fraccionamiento
La reforma define un período oficial para otorgar vacaciones, que deberá ubicarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque trabajadores y empleadores pueden pactar fechas fuera de esa ventana.
Se establece además:
la posibilidad de fraccionar el descanso en bloques no menores a siete días,
la obligación de garantizar vacaciones en plena temporada estival al menos cada tres años,
y un procedimiento de reprogramación si el trabajador atraviesa una enfermedad durante el período vacacional.
El objetivo declarado es homogeneizar criterios y dar previsibilidad administrativa.
Jornada laboral y bancos de horas: compensación y reorganización del tiempo de trabajo
Uno de los cambios más significativos es la incorporación del sistema de “bancos de horas”, mediante el cual las partes pueden pactar la compensación de horas extraordinarias dentro de ciclos laborales más amplios. Esto permite reorganizar picos y valles de actividad sin recurrir necesariamente al pago tradicional de horas extra.
El esquema exige respetar:
las 12 horas mínimas de descanso entre jornadas,
y los descansos semanales previstos por la ley.
Este mecanismo se alinea con modelos aplicados en algunas actividades específicas y apunta a introducir mayor flexibilidad en la administración del tiempo de trabajo.
Salarios: definición, métodos de pago y el ingreso “dinámico”
El proyecto redefine con precisión qué conceptos integran la remuneración, habilitando su pago:
en pesos,
en moneda extranjera,
y parcialmente en especie.
Una novedad relevante es la posibilidad de establecer un “salario dinámico”, una porción variable de la remuneración asociada al mérito, desempeño o productividad, que puede consensuarse en convenios colectivos o implementarse por empresa. Este concepto introduce criterios de diferenciación interna y mayor variabilidad en determinados segmentos del ingreso.
Licencias por enfermedad: certificación y control médico
La reforma establece requisitos más estrictos para acreditar una enfermedad:
el certificado debe incluir diagnóstico específico, tratamiento y cantidad de días de reposo;
debe ser emitido exclusivamente por personal médico habilitado.
Si existe discrepancia entre certificados, se prevé la intervención de una junta médica, que determinará la validez final. El propósito declarado es estandarizar criterios y reducir controversias.
Reincorporación tras accidente o enfermedad: continuidad con adecuación
El proyecto mantiene la obligación de conservar el empleo de trabajadores que regresen con una disminución permanente de su capacidad laboral. No obstante, habilita la adecuación del salario a las nuevas tareas, categoría o jornada que pueda desempeñar. Se preserva el vínculo, pero se introduce un mecanismo de ajuste remunerativo en función de la capacidad residual.
Período de prueba y preaviso: mayor flexibilidad en el ingreso
Otra modificación relevante es la eliminación de la obligación de preavisar en caso de rescisión del contrato durante el período de prueba. Esta decisión concentra la mayor flexibilidad en los primeros meses de la relación laboral, etapa donde se evalúa la continuidad definitiva.
Una reforma estructural que abre un nuevo ciclo de debate
La reforma laboral de Milei reorganiza aspectos centrales del empleo argentino, desde la definición del salario hasta la compensación del tiempo y la forma de calcular indemnizaciones. Su aprobación o modificación dependerá del proceso legislativo, pero el texto ya reinstaló un debate de alcance estructural: cómo adaptar el régimen laboral a nuevas dinámicas productivas sin desarticular los equilibrios que definieron la protección histórica.
En los próximos meses, el Congreso y los distintos actores sociales deberán discutir no solo los detalles técnicos, sino el modelo de empleo que la Argentina quiere proyectar hacia adelante.

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